Calendario · Verificado el 4 de julio de 2026
Calendario de la factura electrónica obligatoria en España
Todas las fechas de la facturación electrónica en España, en una sola página que actualizamos con cada novedad del BOE. Distinguimos siempre entre fechas confirmadas por una norma en vigor y estimaciones pendientes de la Orden Ministerial.
Pendiente de revisión por nuestro experto fiscal
Publicaremos la revisión en cuanto esté completada
Lo esencial
- Verifactu: obligatorio el 1 de enero de 2027 (sociedades) y el 1 de julio de 2027 (autónomos). Fechas confirmadas por el RDL 15/2025.
- Factura B2B: reglamento publicado (RD 238/2026), plazos pendientes de la Orden Ministerial de la solución pública, prevista para octubre de 2026.
- Estimaciones B2B: octubre de 2027 (facturación superior a 8 millones) y octubre de 2028 (resto), si la OM llega en su fecha prevista.
- SII: en vigor desde 2017; quien está en el SII queda excluido de Verifactu.
¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica en España?
Verifactu será obligatorio el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para los autónomos, según el RDL 15/2025. La factura electrónica entre empresas (ley Crea y Crece) sigue pendiente de Orden Ministerial: las fechas estimadas son octubre de 2027 y octubre de 2028.
Este es el calendario completo, hito a hito y con su fuente oficial:
| Hito | Fecha | Estado | Fuente |
|---|---|---|---|
| Verifactu para sociedades | 1 de enero de 2027 | Confirmado | RDL 15/2025 |
| Verifactu para autónomos | 1 de julio de 2027 | Confirmado | RDL 15/2025 |
| Orden Ministerial de la SPFE | Prevista para octubre de 2026 | En curso | Proyecto de OM |
| Factura B2B: empresas que facturan más de 8 M€ | Estimado: octubre de 2027 | Pendiente de OM | RD 238/2026 |
| Factura B2B: resto de empresas y autónomos | Estimado: octubre de 2028 | Pendiente de OM | RD 238/2026 |
| SII (grandes empresas, grupos de IVA, REDEME) | En vigor desde 2017 | Confirmado | RD 596/2016 |
Las fechas de octubre de 2027 y octubre de 2028 son estimaciones basadas en el proyecto de Orden Ministerial, no en una norma en vigor. Los plazos de 12 y 24 meses del RD 238/2026 cuentan desde la entrada en vigor de la OM: si esta se retrasa, todo el calendario B2B se desplaza con ella. Actualizaremos esta página el mismo día en que la OM salga en el BOE.
¿Qué significa cada fecha del calendario?
Seis filas, tres normas distintas. En la tabla, “Confirmado” significa que la fecha figura en una norma publicada en el BOE y en vigor; “Pendiente de OM” significa que el plazo depende de otra norma que aún no se ha publicado.
Verifactu (1 de enero y 1 de julio de 2027). El RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024 obligan a facturar con programas que generen registros encadenados e inalterables y facturas con código QR, en dos modalidades: envío inmediato a la AEAT o conservación de registros firmados. El RDL 15/2025 fijó las fechas definitivas: primero las sociedades, seis meses después los autónomos. Durante 2026 el sistema funciona en modo voluntario, y el software no conforme se expone a sanciones de hasta 50.000 euros por ejercicio.
Orden Ministerial de la SPFE (prevista para octubre de 2026). Regulará la solución pública de facturación electrónica y es la pieza que activa los plazos B2B: 12 y 24 meses desde su entrada en vigor. Su proyecto apunta al 1 de octubre de 2026, pero todavía no está en el BOE.
Factura electrónica B2B (estimaciones de 2027 y 2028). Nace de la ley Crea y Crece y de su reglamento, el RD 238/2026, en vigor desde el 20 de abril de 2026. Obligará a emitir y recibir facturas electrónicas estructuradas entre empresas (modelo semántico EN 16931) y a comunicar los estados de la factura (aceptación, rechazo, pago) en un máximo de 4 días naturales. La SPFE actuará además como repositorio universal: toda factura B2B depositará en ella una copia fiel.
SII (en vigor desde 2017). El Suministro Inmediato de Información obliga a las grandes empresas (facturación superior a 6.010.121,04 euros), a los grupos de IVA y a los inscritos en el REDEME a llevar sus libros de IVA en la sede de la AEAT, con envíos en 4 días naturales. Quien está en el SII queda expresamente excluido de Verifactu.
Cómo prepararte según tu fecha
Si tienes una sociedad, tu fecha es el 1 de enero de 2027. Aprovecha que 2026 es período voluntario para elegir un programa con declaración responsable de Verifactu y probarlo con facturas reales, sin la presión del último trimestre.
Si eres autónomo, tienes hasta el 1 de julio de 2027. El trabajo es el mismo, con seis meses más de margen. Para volúmenes muy pequeños, la app gratuita de la AEAT (operativa desde octubre de 2025) puede bastar, aunque con límites: solo facturas completas y sin exportación de datos.
Si facturas más de 8 millones, juegas en dos frentes: el SII (o Verifactu, si no estás en él) y la primera oleada de la factura B2B, estimada para octubre de 2027. Conviene que tu programa cubra ya el modelo semántico EN 16931.
Si estás en el SII, Verifactu no te aplica, pero la factura B2B sí llegará cuando corran sus plazos: son obligaciones independientes.
¿Y qué programa te conviene a ti?
Compara los programas con los mismos criterios: conformidad Verifactu, plan gratuito y precios. El orden sigue tu necesidad, nunca la comisión.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es obligatorio Verifactu?
El 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para los autónomos, según el RDL 15/2025. Durante 2026 el envío es voluntario. Si estás en el SII, Verifactu no te aplica: estás expresamente excluido.
¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica entre empresas?
Depende de la Orden Ministerial de la solución pública, aún pendiente. El RD 238/2026 fija 12 meses desde la entrada en vigor de la Orden Ministerial de la solución pública para las empresas que facturan más de 8 millones, y 24 meses para el resto. Si la OM llega en octubre de 2026, la estimación es octubre de 2027 y octubre de 2028.
¿Qué pasa si la Orden Ministerial se retrasa?
Los plazos de 12 y 24 meses se desplazan con ella, porque cuentan desde su entrada en vigor y no desde una fecha fija del calendario. Actualizaremos esta página el mismo día en que la OM se publique en el BOE.