Guía SII · Lectura de 4 min
SII: qué es y por qué casi seguro no te afecta
El Suministro Inmediato de Información obliga a llevar los libros de IVA en la sede de la AEAT, casi en tiempo real. Suena aterrador, pero es cosa de grandes empresas. Comprueba en dos minutos si es tu caso.
Pendiente de revisión por nuestro experto fiscal
Publicaremos la revisión en cuanto esté completada

Lo esencial
- El SII está en vigor desde 2017. No es nuevo y no viene ninguna ampliación confirmada.
- Obliga solo a grandes empresas (facturación superior a 6 millones), grupos de IVA e inscritos en el REDEME.
- Si estás en el SII, Verifactu no te aplica: estás expresamente excluido.
- Autónomos y pymes pequeñas: vuestra obligación es Verifactu, no el SII.
Qué es exactamente
Desde 2017, las empresas incluidas en el SII envían a la AEAT el detalle de sus facturas emitidas y recibidas en un plazo de 4 días naturales. En la práctica, Hacienda ve sus libros de IVA casi en tiempo real. A cambio, esas empresas presentan menos modelos informativos y tienen 10 días más para las autoliquidaciones.
A quién obliga
| Perfil | ¿SII obligatorio? |
|---|---|
| Grandes empresas (facturación superior a 6 M€) | Sí |
| Grupos de IVA | Sí |
| Inscritos en el REDEME (devolución mensual) | Sí |
| Autónomos y pymes fuera de esos casos | No |
También se puede entrar voluntariamente, algo que interesa sobre todo a quien pide devoluciones mensuales de IVA. Antes de hacerlo, habla con tu asesoría: el compromiso de plazos es exigente.
SII y Verifactu: uno u otro, no los dos
Es la duda más repetida y la respuesta es limpia: quien está en el SII queda fuera de Verifactu. Los dos sistemas persiguen lo mismo (que Hacienda vea las facturas) por caminos distintos:
| SII | Verifactu | |
|---|---|---|
| Quién | Grandes empresas, grupos IVA, REDEME | El resto: autónomos y pymes |
| Qué se envía | Libros de IVA en 4 días | Registros de facturación certificados |
| Desde cuándo | 2017 | 2027 |
Si te afecta, qué mirar en un programa
- Envío SII nativo, no a través de exportaciones manuales ni herramientas aparte.
- Gestión de errores: qué pasa cuando la AEAT rechaza un registro y cómo lo reintenta el programa.
- Los 4 días se cumplen solos: colas automáticas, no una tarea que dependa de que alguien se acuerde.
En nuestra comparativa preguntamos por el SII a todos los fabricantes, y marcamos “por verificar” mientras no tengamos la respuesta confirmada.
¿Y qué programa te conviene a ti?
Compara los programas con los mismos criterios: conformidad Verifactu, plan gratuito y precios. El orden sigue tu necesidad, nunca la comisión.
Preguntas frecuentes
Facturo 7 millones como autónomo. ¿Me afecta el SII?
Sí. El umbral de gran empresa (más de 6.010.121,04 euros de facturación) no distingue entre sociedades y personas físicas. En ese caso el SII te obliga y Verifactu deja de aplicarte.
Estoy en el SII. ¿Puedo ignorar la factura electrónica B2B?
No. La obligación de factura electrónica B2B de la ley Crea y Crece es independiente: cuando se aplique (plazos pendientes de la Orden Ministerial de la SPFE), afectará también a las empresas del SII.
¿Mi programa de facturación incluye el envío al SII?
Depende del programa y a veces del plan contratado. Es una de las columnas de nuestra comparativa; donde pone "por verificar" es que el fabricante aún no nos lo ha confirmado.